COORDINACIÓN DE COMUNIDADES CAMPESINAS
La Dirección Regional Agraria Puno (DRA) a través de la Oficina de Comunidades Campesinas tiene la finalidad de promover el Reconocimiento y Titulación de las Comunidades Campesinas de la Región Puno, que no cuenten con Títulos de propiedad en estricta aplicación de las Leyes Nº 24656 y 24657 del año 1987. Manteniendo que las tierras de las comunidades son inembargable, imprescriptibles e inalienables y fundamentan la propiedad de los territorios de la comunidad sobre la organización comunal.
ETAPAS
– Primera ETAPA: Reconocimiento (Ley 24656)
- Evalúa expediente de Reconocimiento.
- Opinión legal y técnica del expediente.
- Elaboración de la Publicación sobre el Reconocimiento de la Comunidad.
- Planificación y publicación para la Inspección Ocular.
- Notificación personal a Colindantes. 6.- Informe Técnico y legal sobre la Inspección Ocular.
- Proyecto de Resolución.
- Tramite del Expediente de Reconocimiento a SUNARP.
– Segunda ETAPA: Deslinde y Titulación de las Comunidades Campesinas (Ley 24657)
- Evalúa expediente de Deslinde y Titulación.
- Opinión legal y técnica del expediente.
- Digitalización de Plano Base.
- Publicación para Levantamiento de Plano Conjunto.
- Notificación personal a Colindantes.
- Deslinde del predio en conjunto y suscripción de Actas de Colindancia.
- Elaboración del Plano Conjunto.
- Elaboración de Memoria Descriptiva.
- Elaboración expediente de deslinde.
- Remisión de Expediente de Deslinde y Titulación a Registros Públicos.
TRAMITES
RECONOCIMIENTO
Requisitos Generales.
- Conformar más de 50 familias.
- Ocupar un territorio.
Requisitos Específicos.
- Solicitud simple dirigida a la Dirección Regional Agraria.
- Copia simple de D.N.I. del solicitante.
- En asamblea general acordar lo siguiente: Acordar y/o aprobar reconocerse como comunidad.
- Aprobar el nombre de la comunidad.
- Nombrar la directiva comunal, mínimo 06 y máximo 09 miembros.
- Presidente.
- Vice-presidente.
- Secretario.
- Tesorero.
- Fiscal.
- Vocal.
- Elaborar y aprobar el padrón de comuneros. (Libro de padrón)
- Elaborar y aprobar el estatuto de la comunidad.
- Autorizar al presidente de la directiva comunal, para que inicie el trámite de reconocimiento de la comunidad en la oficina de la Dirección Regional Agraria Puno.
- Realizar el censo de la población y agropecuario según formato. (DRA)
- Copia simple de documento nacional de identidad de socios.
- Certificado de Búsqueda Catastral. (según sea el caso)
- Documento que acredite la posesión del territorio y/o predio.
- Croquis de ubicación de la comunidad que señale sus linderos y nombre de sus colindantes.
DESLINDE Y TITULACIÓN
Requisitos
- Formato de solicitud (Dirección Regional Agraria).
- Copia simple de D.N.I. del solicitante.
- Copia ficha registral de personería jurídica.
- Copia ficha registral de vigencia de mandato de la directiva comunal.
- Acta de aprobación de la asamblea general para realizar el deslinde y titulación de la Comunidad.
- Otorgamiento de facultad al presidente y/o gestor debidamente registrado en SUNARP.
- Documento que acredite la posesión del territorio y/o predio, en caso hubiere (Título de Propiedad, minutas, Escritura Pública, Testimonio, Actas de Colindancia de linderos concluidos y Otros).
- Certificado de Búsqueda Catastral. (SUNARP)
- Croquis del territorio comunal de ubicación, indicando el nombre de los colindantes y representantes legales.
MARCO LEGAL
Normas Generales
- Constitución Política del Perú-1993.
- Código Civil.
- Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
- Convenio Nº 169-0IT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.
Normas Específicas
- Ley Nº 24656, Ley General de Comunidades Campesinas y sus Reglamentos (D.S. Nº 008-91 TR y 004-92-TR ).
- Ley Nº 24657, Ley de Deslinde y Titulación del Territorio de las Comunidades Campesinas.
- Resolución Ministerial Nº 0196-2016-MINAGRI. Relación de procedimientos administrativos y servicios derivados de la actividad catastral.
- Ley 26505 Ley de la inversión privada en el desarrollo de las actividades económicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas (Ley de Tierras). y sus Reglamentos (D.S. Nº 011-97-AG y 017-96-AG).
Otras
- Resolución de la Superintendente Nacional de los Registros Públicos N°248-2008-SUNARP.SN.
Ubícanos
Dirección Regional Agraria Puno, Jr. Moquegua Nº 264, Oficina 3-07 (Tercer piso)
Teléfono: (051) 599038
Tríptico
Reconocimiento y Titulación de las Comunidades Campesinas